SALA DE PRENSA

ACLARACION SOBRE LAS MEDIDAS DEL ESTADO DE ALARMA DECRETADO POR EL GOBIERNO

Estimados clientes,

Ante la confusión generalizada y las muchas dudas que el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo por el que se declara el ESTADO DE ALARMA, está generando, en relación al alcance de sus medidas, os informamos de que la generalidad de las actividades empresariales, industriales y profesionales NO SE PARALIZAN; solo quedan suspendidas las actividades que se relacionan en los artículos 9,10 y 11, con las excepciones que se señalan en los mismos. Por tanto, mañana funcionarán las empresas, fabricas, la construcción, despachos, bancos, etc.., eso sí, en la medida de lo posible con tele trabajo, para evitar desplazamientos y contactos.

Insistimos no hay un confinamiento generalizado y obligatorio que prohíba desplazarse para ir a trabajar, de hecho el artículo 7, puntos c y d del Real Decreto, excepciona de la limitación de la libertad de circulación los desplazamientos al lugar de trabajo y regreso a casa.

Os seguiremos informando a través de este medio de cuantas novedades y aclaraciones consideremos pertinentes, quedando a vuestra disposición para cualquier aclaración que podáis precisar.

En la seguridad de que con la concienciación y lucha de todos unidos podremos superar estos momentos de histórica dificultad, os mandamos un fuerte abrazo.

 

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