SALA DE PRENSA

El Tribunal Supremo concluye que la rectificación de una declaración no interrumpe la prescripción si la Administración no revisa en plazo esa rectificación.

El Alto Tribunal se ha pronunciado al respecto de la interrupción de la prescripción con motivo de la presentación de declaraciones complementarias con posterioridad a la finalización del período voluntario. Entiende dicho tribunal que, los procedimientos de gestión derivados de la presentación de dichas autoliquidaciones caducarán si no han sido resueltos en el plazo de 6 meses y, por tanto, las complementarias presentadas carecerán de transcendencia a efectos de interrumpir la prescripción.

STS 18-06-2020

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En Sentencia 463/2023, del pasado 11 de abril de 2023, la Sala Tercera del TS ha venido a aclarar la interpretación del artículo 7.2.c) del TRLITPAJD, estableciendo que, cuando el título de adquisición, de quien pretende la inscripción a su nombre en el Registro de la Propiedad, ha sido liquidado el Impuesto o estuviera exento, […]

La sentencia nº 411/2023 del Alto Tribunal de fecha 28 de marzo de 2023 reconoce la legitimación para recurrir, por ostentar un interés legítimo a quienes, sin ser los sujetos pasivos, asumieron en virtud de pacto la obligación tributaria principal de pago de la plusvalía municipal. STS_1419_2023